
A partir del 5 de abril de 2017, los contribuyentes podrán descargarse los datos fiscales que obran en poder de la Agencia Tributaria, y confeccionar sus declaraciones de renta del ejercicio 2016.
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF) es el tributo más importante del sistema fiscal español, gravando las rentas empresariales, el ahorro y las plusvalías.
Con carácter general, todos los contribuyentes están obligados a presentar la declaración del IRPF, salvo aquellos contribuyentes a los que la propia Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas les excluye de la obligación de presentación del impuesto al obtener rentas de una cuantía y naturaleza concretas.
Se han introducido novedades para la renta 2016. Sin embargo, la más sonante en los últimos meses ha sido la de la tributación referente a las conocidas “cláusulas suelo”. Además, con la finalidad de agilizar los procesos, a partir de este año la Agencia Tributaria posibilitará solicitar la rectificación de la autoliquidación mediante la activación de una casilla en el propio modelo del IRPF para los casos en los que el contribuyente detecte un error u omisión en su declaración.
En resumen, a partir del 5 de abril del 2017 se inicia la campaña de renta del ejercicio 2016, en la que los contribuyentes podrán presentar sus declaraciones del IRPF, siendo la fecha límite para dicha presentación el 30 de junio de 2017.